La resolución recuerda al alcalde de Laguna de Duero la obligación de responder por ESCRITO a TODAS las reclamaciones y solicitudes ante la administración local, incluidas las que se hubieran realizado verbalmente durante las reuniones, comisiones o plenos e incide en la obligatoriedad de cumplir los Art.16 y 19 del ROM, referidos a garantizar la documentación integra a tratar en las Comisiones.
La reclamación presentada el año pasado ante el Procurador del Común ya tiene resolución, en la que atiende las reclamaciones del Grupo Municipal Socialista de Laguna de Duero por el constante incumplimiento del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), y las trabas e impedimentos en el acceso a la información municipal, que debe de ser obligatoria para todos los miembros del Ayuntamiento, incluidos los miembros de la oposición.
Recuerda al alcalde la obligación de cumplir con el ROM, no atendiendo a las excusas presentadas por el por el Ayuntamiento, recordándole la trascripción literal de los artículos 16.1 y 19 del mismo, donde entre otras cosas se obliga disposición de la información en tiempo y forma.
El Ayuntamiento no quiso atender algunas de nuestras solicitudes con la excusa de que “el contenido de dichas solicitudes se ha informado verbalmente en las Juntas de Portavoces y Comisiones, por lo que no se han contestado por escrito”. La respuesta del Procurador del Común es contundente: “Resta por indicar que todas las reclamaciones y solicitudes que se dirigen al Ayuntamiento han de obtener una respuesta, también las que formulan los miembros de la Corporación, por lo que, atendiendo a la legalidad, se debe facilitar esa respuesta por escrito, sin perjuicio de que se hubiera hecho verbalmente en alguna reunión de la Junta de Portavoces o de alguna Comisión.”
El procurador le ruega finalmente que le comunique de forma motivada su aceptación, o no de la resolución.
A fecha de hoy, y pasados casi dos años de legislatura, nuestro Grupo Municipal sigue reclamando todos los meses los accesos a mucha de la documentación e información obligatoria que esta resolución atiende y reclama.